Illustration of man with some symbols of the 12 principles

Los 12 Principios WRAP se basan en estándares laborales internacionales generalmente aceptados, leyes locales y regulaciones laborales, e incluyen el espíritu o el lenguaje de las convenciones relevantes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, y el Directrices para empresas multinacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Los 12 Principios abarcan la gestión de recursos humanos, la salud y la seguridad, las prácticas ambientales y el cumplimiento legal, incluidas las importaciones, las exportaciones, el cumplimiento aduanero y las normas de seguridad. Están destinados a promover prácticas comerciales responsables y la sostenibilidad en la gestión de la cadena de suministro. También contribuyen al avance de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, en particular el ODS 8 (Trabajo decente y crecimiento económico) y el ODS 12 (Producción y consumo responsables).

El objetivo del programa WRAP es monitorear y certificar de forma independiente el cumplimiento de estos estándares, asegurando que los productos cosidos se produzcan en condiciones seguras, legales, humanas y éticas. Las instalaciones participantes se comprometen voluntariamente a demostrar que sus prácticas de fabricación cumplen con estos estándares, y además se comprometen a transmitir, por su parte, la expectativa de que sus contratistas y proveedores también los cumplan.

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Cumplimiento de Leyes y Reglamentos de Trabajo

Las fábricas cumplirán con las leyes y reglamentos en todos los lugares donde realicen operaciones.

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Todas las fábricas cumplirán con los requisitos legales y los estándares de su industria según las leyes locales y nacionales de las jurisdicciones en las que las fábricas están haciendo negocios, junto con las leyes internacionales aplicables. Esto cubrirá todas las leyes laborales y de empleo de esas jurisdicciones, así como las leyes que rigen la conducción de los negocios en general, incluidas las normas y estándares de ética relacionados con la corrupción y la transparencia, y cualquier ley ambiental pertinente.

2

Prohibición del trabajo forzoso

Las fábricas no utilizarán mano de obra involuntaria, forzada o traficada.

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Las instalaciones mantendrán el empleo estrictamente de forma voluntaria. Las instalaciones no utilizarán mano de obra forzada, prisionera, servidumbre, servidumbre o traficada. Esto incluirá garantizar que los trabajadores que contraten tengan contratos laborales que cumplan plenamente con todos los requisitos legales pertinentes y que no impongan ningún tipo de coerción (incluida la imposición de multas sustanciales o la pérdida de los documentos de residencia por parte de los trabajadores que abandonan el empleo o la restricción de la capacidad de un trabajador para rescindir voluntariamente su empleo). Además, los trabajadores no deberían ser empleados sujetos a ninguna garantía financiera o colateral o garantía de deuda; cualquier tarifa de contratación involucrada debe ser sufragada por las instalaciones, no por los trabajadores. Además, las instalaciones garantizarán que los documentos de viaje de los trabajadores no sean retenidos y que todos los contratos escritos estén en un idioma que los trabajadores entiendan.

3

Prohibición del Trabajo Infantil

Las fábricas no contratarán a ningún empleado menor de 15 años (14 en países menos desarrollados) o menores de la edad mínima establecida por ley para el empleo, la que sea mayor, o cualquier empleado cuyo empleo interfiera con la escolarización obligatoria.

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Las fábricas se asegurarán de no participar en ninguna forma de trabajo infantil, incluidas, entre otras, las peores formas de trabajo infantil reconocidas internacionalmente. De conformidad con el Convenio 138 de la OIT, las instalaciones no pueden emplear a ninguna persona menor de lo que permite la ley de la jurisdicción y, en ningún caso, menor de 15 años (14 en países menos desarrollados), incluso si lo permite la ley local. Además, las fábricas cumplirán con los requisitos legales locales con respecto a la escolarización obligatoria. Además, si, cuando lo permita la ley local, una instalación emplea a trabajadores jóvenes (definidos como trabajadores cuya edad se encuentra entre la edad mínima para trabajar y los 18 años), la fábrica también cumplirá con las restricciones legales aplicables sobre la naturaleza y el volumen del trabajo. realizados por dichos trabajadores jóvenes, así como cualquier otro requisito impuesto por la ley, incluidas las limitaciones relacionadas con las horas de trabajo y para garantizar que dichos trabajadores jóvenes no realicen ningún trabajo peligroso (por ejemplo, manipulación de productos químicos u operación de maquinaria pesada).

4

Prohibición de acoso y abuso

Las fábricas proporcionarán un ambiente de trabajo libre de acoso y abuso por parte de supervisores o compañeros de trabajo, y libre de castigos corporales en cualquier forma.

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Las fábricas garantizarán un lugar de trabajo que respete los derechos y la dignidad de los trabajadores. Esto incluye garantizar que no se utilicen castigos corporales ni coerción física. Las fábricas no participarán ni tolerarán, ya sea en el lugar de trabajo o en los barrios residenciales proporcionados por las instalaciones o los intermediarios laborales que actúen en su nombre, ningún acoso o abuso sexual, gestos indecentes o amenazantes, tono o lenguaje abusivo o cualquier otro tipo de agresión física o sexual no deseada. contacto verbal, como la intimidación. En particular, las fábricas garantizarán una capacitación adecuada en todos los niveles, incluidos la gerencia, los supervisores y los trabajadores, para garantizar un lugar de trabajo libre de acoso y abuso.

5

Compensación y beneficios

Las fábricas pagarán al menos la compensación total mínima requerida por la ley local, incluidos todos los salarios, asignaciones y beneficios obligatorios.

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Las fábricas garantizarán una compensación adecuada para sus empleados por todo el trabajo realizado al proporcionar de manera oportuna todos los salarios y beneficios que cumplan con las leyes locales y nacionales de la jurisdicción en la que se encuentran. Esto incluirá cualquier prima por horas extraordinarias o trabajo realizado durante las vacaciones, así como cualquier otro subsidio o beneficio, incluido cualquier seguro social obligatorio, exigido por la legislación local.

6

Horas de trabajo

Las horas trabajadas cada día y los días trabajados cada semana y cada mes no deben exceder las limitaciones de la ley del país. Las fábricas proporcionarán al menos un día libre en cada período de siete días, excepto cuando sea necesario para satisfacer necesidades comerciales urgentes.

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Las fábricas están obligadas por la ley local a adherirse a los límites establecidos en las horas de trabajo regulares, así como a los límites establecidos en el trabajo de horas extra. La participación a largo plazo en el Programa de Certificación WRAP depende del cumplimiento de las limitaciones establecidas por la ley local. WRAP reconoce que este puede ser un requisito particularmente desafiante, especialmente cuando se tienen en cuenta las normas y costumbres locales de cumplimiento. A la luz de esta realidad, WRAP permitirá que el pleno cumplimiento de las leyes locales sobre horas de trabajo se logre gradualmente, siempre que una fábrica determinada cumpla con las siguientes condiciones: sea completamente transparente sobre sus horas de trabajo; asegura que todas esas horas se trabajen voluntariamente, en condiciones que protejan la seguridad y la salud de los trabajadores; compensa a todos los empleados de acuerdo con el Principio 5 de WRAP; y muestra una mejora hacia el cumplimiento de los requisitos de las horas de trabajo de una auditoría a la siguiente.

7

Prohibición de Discriminación

Las fábricas emplearán, pagarán, ascenderán y despedirán a los trabajadores sobre la base de su capacidad para hacer el trabajo, en lugar de sobre la base de características o creencias personales.

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Las fábricas se asegurarán de que todos los términos y condiciones de empleo se basen en la capacidad de un individuo para hacer el trabajo, y no en ninguna característica o creencia personal. Las instalaciones se asegurarán de que cualquier decisión de empleo, que involucre contratación, despido, asignación de trabajo, pago o promoción, se tome sin discriminar a los empleados por motivos de raza, color, origen nacional, sexo, edad, orientación sexual, religión, discapacidad o otros factores similares (embarazo, opinión o afiliación política, estatus social, etc.).

8

Salud y seguridad

Las fábricas proporcionarán un ambiente de trabajo seguro y saludable. Cuando se proporcione vivienda residencial a los trabajadores, ya sea directamente por las fabricas y/o través de intermediarios laborales, las fábricas garantizarán que sea una vivienda segura y saludable.

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Las fábricas proporcionarán un lugar de trabajo seguro, limpio, saludable y productivo para sus empleados. Las fábricas priorizarán la salud y la seguridad de los trabajadores por encima de todo, y abordarán de manera proactiva cualquier problema de seguridad que pueda surgir. Esto incluirá una amplia variedad de requisitos, como garantizar, entre otras cosas, la disponibilidad de agua potable limpia (sin cargo para los trabajadores), recursos médicos adecuados, salidas de emergencia y equipo de seguridad, estaciones de trabajo cómodas y bien iluminadas, y baños limpios. Además, las instalaciones deberán capacitar adecuadamente a todos sus trabajadores sobre cómo realizar su trabajo de manera segura.

9

libertad de asociación y negociación colectiva

Las fábricas reconocerán y respetarán el derecho de los empleados a ejercer sus derechos legales de libre asociación y negociación colectiva.

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Las fábricas respetarán la libertad de cada empleado de elegir por sí mismo si se afilia o no a una asociación de trabajadores. Las instalaciones no pueden discriminar a los trabajadores en función de si eligen asociarse o no. Tanto la fábrica como los trabajadores se asegurarán de comportarse de acuerdo con todas las leyes pertinentes a este respecto. Las fábricas garantizarán que exista un mecanismo efectivo para abordar cualquier queja en el lugar de trabajo.

10

Ambiente

Las fábricas cumplirán con las reglas, los reglamentos y las normas ambientales aplicables a sus operaciones y observarán prácticas respetuosas con el medio ambiente en todos los lugares donde operen.

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Las fábricas garantizarán el cumplimiento de todas las normas ambientales exigidas legalmente y deberán demostrar un compromiso con la protección del medio ambiente mediante el control activo de sus prácticas ambientales. En particular, las instalaciones garantizarán una gestión adecuada de los desechos, incluida la supervisión de la eliminación de cualquier material de desecho, ya sea sólido, líquido o gaseoso, para garantizar que dicha eliminación se realice de manera segura y de conformidad con todas las leyes pertinentes. Se promueve a las fábricas a minimizar su impacto en el medio ambiente mediante la aplicación de los principios de reducción, reutilización y reciclaje en todas sus operaciones.

11

Cumplimiento Aduanero

Las fábricas cumplirán con las leyes aduaneras aplicables y, en particular, establecerán y mantendrán programas para cumplir con las leyes aduaneras con respecto al transbordo ilegal de productos terminados.

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Las fábricas se asegurarán de que toda la mercancía esté marcada o etiquetada con precisión de conformidad con todas las leyes aplicables. Además, las fábricas mantendrán registros de todos los materiales y pedidos, así como registros detallados de producción.

12

Seguridad

Las fábricas mantendrán los procedimientos apropiados para garantizar la seguridad corporativa adecuada, la seguridad del transporte y la seguridad física y de las personas en la instalación.

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Las fábricas garantizarán que existan controles adecuados para proteger contra la introducción de cualquier carga no declarada. En este sentido, WRAP reconoce las Directrices CTPAT para Fabricantes Extranjeros de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de los Estados Unidos como requisitos mínimos y ha adoptado dichas directrices bajo este principio.

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